Ante una nueva licitación del Antepuerto del Callao y la buena pro que se realizará el 25 de mayo, la Asociación Peruana de Operadores Portuarios (Asppor) remitió una carta al Congreso de la República insistiendo en una firme intervención que impida esta obra.
“Esta intervención debería sustentarse en el artículo 67° de la Ley de Contrataciones peruana, que impediría la licitación hasta el próximo ejercicio presupuestal, es decir el 2023, pues se encuentra fuera del marco normativo vigente para las contrataciones públicas”, según explicó Favio León, presidente de Asppor.
Cabe mencionar, que la obra (licitación pública 003-2021-MTC/10) le costará al país S/ 155.6 millones aunque, como se recuerda, el monto inicial en la primera licitación era menor a los S/140 millones.
Rehacer el expediente técnico generó un sobrecosto de S/ 20 millones, que asumen todos los peruanos, según el gremio.
“¿Acaso es posible que en un mismo periodo presupuestal una entidad cancele un proceso de selección de un proyecto debido a un evento de fuerza mayor y que posteriormente realice la convocatoria para una nueva licitación pública por el mismo proyecto?”, cuestionó León.
Además, explicó que “de acuerdo con el OSCE, de conformidad con el numeral 67.1 del artículo 67 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, una vez la Entidad emita su decisión de cancelar el procedimiento de selección, se encontrará imposibilitada de convocar el mismo objeto contractual durante el ejercicio presupuestal, salvo que la causal de la cancelación sea la falta de presupuesto. Sin embargo, señala el OSCE que, al revisar el SEACE, se ha encontrado la convocatoria de la Licitación Pública N.° 003-2021-MTC/10-1, con el mismo objeto contractual, lo que constituiría una transgresión a la normatividad de contratación pública vigente”.
Es decir, que dicha licitación estaría transgrediendo el marco normativo vigente que rige la contratación pública, ya que la entidad a pesar de estar imposibilitada, ha optado por realizar un nuevo proceso de selección bajo Licitación Público, explicó el presidente de Asppor.
Según carta de ASPPOR al Congreso, este antepuerto también significaría la creación de un monopolio a favor de un privado vulnerando así el mandato contenido en el artículo 61° de la Constitución Política del Estado, que cautela el régimen de libre competencia y establece la prohibición de prácticas de monopolio.
Por otro lado, en el proyecto del antepuerto “hasta el momento no se señala de manera oficial el modelo de negocio que tendrá la gestión administrativa del Antepuerto”, explicó Favio León.