Dicha normativa representa el 90% del marco jurídico que regula el comercio marítimo mundial.
Argumentando que las Reglas de La Haya no son consistentes con la Ley General de Aduanas y para incorporar el Bill of Lading a los gastos de traslado de la carga al consignatario, el Gobierno de Perú denunció dichas reglas, dejando sin efecto el instrumento que regula los servicios de transporte marítimo que se proveen entre dos o más países. La Asociación Peruana de Agentes Marítimos (APAM) advirtió que esta decisión deja en la desprotección jurídica y en mayor riesgo económico a los dueños de la carga.
APAM aseguró que el no estar protegidos bajo estas normas internacionales supondrá una inestabilidad jurídica y mayor riesgo para la carga, lo que conlleva a mayores costos operativos al haberse eliminado la inversión de la carga de la prueba que la protegía bajo el paraguas de esta normativa internacional.
«Las reglas de la Haya representan el 90% del marco jurídico que regula el comercio marítimo mundial. Si el Perú ratifica su denuncia sin tener claro un plan B de a qué convenio internacional nos vamos a adherir, hay un retroceso para los intereses de la carga, cuyos reclamaciones habían sido exitosas. Y todo por razones artificiosas de funcionarios que ignoran la realidad del sector y la manera cómo este produce valor», indicó la asociación en un comunicado.
El gremio citó el análisis de Intelfin sobre el informe denominado «Evaluación comparada del impacto económico como resultado de aplicar las reglas de La Haya de 1924 y las reglas de Hamburgo de 1978 en el flete marítimo», con el cual el gobierno peruano sustenta su decisión de denunciar estas reglas.
El Informe, emitido en el 2013 y citado como fuente por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), postula que adoptar las reglas de Hamburgo es el único camino para lograr una adecuada previsibilidad de costos para el usuario de transporte marítimo. «Sin embargo, el documento analizado no contiene un análisis de costos de la cadena logística, ni una identificación de aquellos que no serían previsibles, ni una discusión de por qué no lo son; sino que supone de antemano que todos los costos logísticos, a excepción del flete, son imprevisibles», explico la APAM.
«Según Intelfin, la implementación de las recomendaciones formuladas en el informe tendría el efecto de incrementar el costo de la cadena logística del comercio exterior peruano (…) Lamentamos que la posición peruana se sustente en informes que revelan un enorme desconocimiento de la economía marítima», añadió.
Costos logísticos y previsibilidad
APAM aclaró, por ejemplo, que tanto en las operaciones de exportación como de importación, cualquier dueño de carga puede conocer de antemano todos los costos de su cadena logística y optar por llevar a cabo estas operaciones ellos mismos o en su defecto contratar agentes de carga que se encarguen de ellas.
«Los artífices del gran error de retirarnos de La Haya deben saber que la existencia de estos últimos constituye evidencia de que los mercados de servicios logísticos funcionan correctamente, pues ante la inherente complejidad de las operaciones de comercio exterior, el mismo mercado genera la solución (…) Según Intelfin, la afirmación de que existen costos no previsibles en la cadena logística es, además de infundada, tendenciosa, pues ello solo puede ser cierto para dueños de carga poco diligentes, que llevan a cabo operaciones de importación sin conocer el costo y procedimiento de las mismas», concluyó la APAM.
publicado por Mundo marítimo (Chile) enlace a publicación original