El MTC con la APN, el MINCETUR y la Marina de Guerra del Perú insisten en un proyecto que el MEF desestimó en el 2014, por constituir una actividad comercial ya brindada por privados y tener facilidades que éstos últimos no tienen. Aún así y sin los estudios de ley respectivos (ex ante), vienen diseñando lo que sería un Monopolio, un peaje y un sobrecosto para todo el comercio exterior peruano.
¿Qué estrategias y/o dispositivos vienen implementando para esto?
1.- POLÍTICA NACIONAL MARÍTIMA
El 23 de diciembre del 2019 se emite el Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional Marítima, que allana el camino para que puedan disponer de los terrenos de la Base naval del Callao. En la pág. 27 dice literalmente: “Adicionalmente, se puede mencionar la falta de antepuertos que ordene y facilite el movimiento de la carga y la falta de infraestructura logística de acopio de carga…..”.
Además afirma, que la espera de los camiones es de 12 a 14 horas, siendo esto un caso excepcional, la espera promedio es de 1:15 horas y erróneamente señala, que el camión no puede permanecer más de 30 minutos dentro del puerto y se retira sin haber recibido el contenedor, ambas cosas no son exactas. Estas afirmaciones buscan justificar un Antepuerto en el Callao, pero lo único que confirma es que la atención DENTRO del Puerto no fluye de manera rápida.
Esta Política Nacional Marítima, presenta en el Objetivo Prioritario 3, Incrementar el Comercio de manera sostenible y diversificada en el ámbito marítimo y precisa como primeros lineamientos los siguientes: 3.1. Incentivar las inversiones en infraestructura portuaria y servicios conexos, 3.2. Consolidar el sistema de facilitación del comercio exterior en el ámbito marítimo y 3.3. Consolidar el control y seguridad que coadyuve a un eficiente y competitivo transporte marítimo.
El anexo 2 Alineamiento de nivel horizontal con Políticas Nacionales relacionadas, reconocen que en los lineamiento 3.1 y 3.3 NO existen Política Nacional alguna que se relaciones con el lineamiento y fuerzan una para el 3.2 con el plan Estratégico Nacional Exportador; pero no se refiere a una política nacional.
B.- DECRETO URGENCIA: ESTABLECEN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS EN MATERIA PRESUPUESTARIA.
El 27.12.2019 mediante Decreto de Urgencia Nro. 039-2019 se “Establecen medidas extraordinarias en materia presupuestaria y aprueban entre otras medidas, la transferencia del MTC a favor del Ministerio de Defensa (Marina de Guerra del Perú) la suma de S/. 120 Millones, para financiar parcialmente el proyecto de inversión “Recuperación y Mejoramiento de la Capacidad Operativa y Logística de la Dirección General del Material de la Marina de Guerra del Perú – Base Naval del Callao” (desocupar terrenos de la Base y estudios asociados al Plan Maestro de la Base Naval). Además en este Decreto de Urgencia, se dispone exceptuar esta transferencia de dinero de la Ley Nro. 30879 (Ley de Presupuesto).
A pesar de no haber los estudios que exige ex ante la Ley 30809, a pesar de no ser una Política Nacional, a pesar de que el PNIC se encuentra sólo en fase de Idea, el MTC y la Marina están empeñados en llevar adelante el proyecto de Antepuerto, con el agravante que será de uso obligatorio (monopolio) constituyéndose un costo adicional al comercio exterior.
Continuaremos analizando, esta vez el Plan Nacional de Desarrollo Portuario.